Bonificaciones personal investigador

Bonificaciones personal investigador en exclusiva a I+D+i

Se trata de un incentivo no tributario, ligado a la contratación y al mantenimiento del empleo con dedicación exclusiva a actividades de I+D+i.

Los aspectos más destacables del RD 475/2014:

  • Bonificación del 40% en las aportaciones empresariales a las cuotas de la Seguridad Social para el personal investigador.
  • Son objeto de estos incentivos los trabajadores incluidos en los grupos 1,2,3 y 4 de cotización al Régimen General de la Seguridad Social que tengan dedicación exclusiva durante todo su tiempo de trabajo a la I+D+i (según se define en art. 35 Ley Impuesto Sociedades)
  • Se establece una plena compatibilidad de esta bonificación con las deducciones fiscales por I+D+ien el caso de “pymes innovadoras”; en el resto de organizaciones, puede existir esta compatibilidad siempre que no se apliquen ambos incentivos sobre el mismo investigador.
  • Aquellas entidades que apliquen la bonificación en las cuotas de diez o más investigadores deberán aportar un informe motivado vinculante, emitido por el MINECO.

Se trata de un incentivo no tributario, ligado a la contratación y al mantenimiento del empleo con dedicación exclusiva a actividades de I+D+i.